
El Gobierno de México presentó una iniciativa de Ley General para homologar la tipificación, investigación y sanción del feminicidio en las 32 entidades del país, con el objetivo de unificar criterios y fortalecer el acceso a la justicia para las víctimas.
Entre los principales cambios propuestos destacan:
–Un solo tipo penal para todo el país, con una definición uniforme del delito de feminicidio.
– Pena de 50 a 70 años de prisión, con posibilidad de aumentar hasta en una mitad cuando existan agravantes.
– Diez razones de género para acreditar el delito, como violencia sexual, antecedentes de violencia, estereotipos de género y relaciones de poder.
– Investigación obligatoria con perspectiva de género y aplicación de protocolos especializados en todas las fiscalías.
– Toda muerte violenta de una mujer deberá investigarse inicialmente como feminicidio.
– Sanciones adicionales para los responsables, como la pérdida de la patria potestad, tutela, derechos sucesorios y la inhabilitación para ocupar cargos públicos.
– El delito será imprescriptible, al igual que la reparación del daño.
– No procederán amnistías, libertad condicional, conmutación de penas ni criterios de oportunidad.
– Protección integral para víctimas indirectas, especialmente niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad por feminicidio.
– Creación de registros nacionales homologados para mejorar la prevención, investigación y atención de este delito.
La iniciativa también contempla campañas de prevención, la actualización de protocolos de investigación y la creación de un Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Orfandad por Feminicidio.
